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Lastres (Asturias)
15-09-2010 El Congreso endurece el decreto del gobierno PSOE y aprueba la reforma laboral más reaccionaria de la historia reciente El pasado 9 de septiembre el Congreso aprobó la reforma laboral más regresiva contra los derechos de los trabajadores de la historia reciente. Las enmiendas presentadas en el Congreso y el Senado han endurecido la reforma laboral y superado con creces la lesividad que ya tenía el “decretazo” aprobado el pasado mes de junio. La medida fue impulsada y defendida por el gobierno y respaldada por los diputados del PSOE en el Parlamento. La actitud de la derecha (PP, PNV y CiU) de abstenerse y criticar la reforma fue demagógica y calculada, guiada por su táctica electoral de dejar que el PSOE se queme en solitario. Con la aprobación de la reforma se han pulverizando derechos laborales fundamentales y se ha asentado un marco laboral caracterizado por el despido barato, condiciones laborales precarias, desprotección del trabajador, penalización de las bajas por enfermedad y negociación colectiva devaluada. El único objetivo es aumentar de forma escandalosa los beneficios empresariales a costa de los trabajadores y del dinero público de todos. La dictadura del capital se ha impuesto de la forma más descarnada. Se facilita el despido de los trabajadores con más antigüedad y derechos La ley aprobada modifica el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), referido al despido objetivo (individual o colectivo) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuya indemnización se reduce a 20 días por año trabajado y 12 mensualidades como tope. Este punto afecta a todos los trabajadores, ya sea a los actuales contratos fijos ordinarios como a los nuevos que se formalicen bajo la modalidad de fomento del empleo. La ley introduce el despido preventivo y la conjetura como causa suficiente para despedir a un trabajador, facilitando el despido por varias vías. En primer lugar, se modifica el despido por causas económicas en base a lo siguiente: "concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente en su nivel de ingresos ...", lo que supone que ya no se exige al empresario que el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) o el despido objetivo individual deba justificarse como una medida necesaria que contribuya a superar la situación de dificultad. Con el simple hecho de acreditar pérdidas económicas o su mera previsión (conjetura pura y dura) o una disminución de las ventas de la empresa, el empresario puede despedir sin más explicación ni justificación, incluso en las muchas ocasiones en que los problemas se derivan de la corrupción, mala gestión o la incapacidad de dirección y planificación del propio empresario. En esta misma línea, la ley mandata al gobierno a modificar el reglamento del decreto 43/1996 sobre EREs, así como a la jurisdicción social y a la autoridad laboral --competente para aprobarlos-- a que se centren exclusivamente en comprobar la existencia de la causa sin más justificación para aprobar los despidos: "La autorización procederá cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda que concurre la causa alegada por el empresario..." (art. 51.6 ET). |
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| congreso, decreto, endurece, laboral, reforma |
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